Diferencias entre persona Moral y Física

Todos los ciudadanos residentes en el territorio mexicano, están en la obligación de realizar las respectivas tributaciones.

De acuerdo a su condición laboral, así mismo serán las condiciones para realizar la respectiva declaración.

En miras de facilitar la comprensión de los requisitos por parte de los contribuyentes, el SAT diferencia los tributantes en personas físicas y personas morales.

¿Cuáles son las diferencias entre personal Física y Moral?

Para el SAT, una persona física es un individuo, es decir una persona que desarrolle alguna actividad económica como un profesionista, un empleado o un comerciante.

Una persona moral, es una agrupación de individuos que se unen para crear una unidad contribuyente. Una persona moral puede ser una empresa, una sociedad mercantil o una sociedad civil.

Las principales diferencias que existen entre estos tipos de personas son:

PERSONA FÍSICAPERSONA MORAL
Se identifican por su nombre de pila  Se identifican por una razón social
Tienen características exclusivas de una personaTiene que establecer estatutos y constituirse como empresa ante una notaría
Puede contraer obligaciones desde que adquiere la mayoría de edadPuede aceptar socios o inversionistas
Puede ser mexicana y contar con otra nacionalidadSolo se puede dedicar a la actividad económica establecida en el documento de creación
Menos carga fiscalAnualmente debe entregar un balance, estado de resultados y mantener una administración electrónica

Regímenes de persona Física

De acuerdo a sus actividades y la forma en la que obtienen sus ingresos, podemos encontrar los siguientes regímenes para personas físicas:

  • Dividendos.
  • Obtención de premios.
  • Intereses.
  • Régimen de arrendamiento.
  • Actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas.
  • Enajenación de bienes.
  • Régimen de incorporación fiscal.
  • Actividades empresariales y profesionales.
  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios.

Regímenes de persona Moral

Las personas morales realizaran el pago de sus impuestos, según su actividad económica en cualquiera de los siguientes regímenes:

  • Régimen general.
  • Régimen opcional para grupos de sociedades.
  • Régimen de los coordinados.
  • Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
  • Régimen de personas morales con fines no lucrativos.
  • Régimen de sociedades por acciones simplificadas.
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